Responsabilidades de las secretar ías de educación de las entidades ter r itor iales
cer tificadas.
En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley, la entidad territorial certificada
debe:
1. Analizar los resultados de las pruebas externas de los establecimientos educativos de su jurisdicción
y contrastarlos con los resultados de las evaluaciones de los sistemas institucionales de evaluación
de los estudiantes.
2. Orientar, acompañar y realizar seguimiento a los establecimientos educativos de su jurisdicción en
la definición e implementación del sistema institucional de evaluación de estudiantes.
3. Trabajar en equipo con los directivos docentes de los establecimientos educativos de su jurisdicción
para facilitar la divulgación e implementación de las disposiciones de este decreto.
4. Resolver las reclamaciones que se presenten con respecto a la movilidad de estudiantes entre
establecimientos educativos de su jurisdicción.
miércoles, 2 de marzo de 2011
Responsabilidades de las secretar ías de educación de las entidades ter r itor iales cer tificadas.
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Pacto Histórico
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