miércoles, 2 de marzo de 2011

Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.

Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.

ESTRATEGIAS PERMANENTES DE APOYO PARA LA SUPERACION DE LAS DEBILIDADES DE LOS ESTUDIANTES (artículo. 4 numeral 6, artículo 11 numeral 3 y 4, artículo 12, numeral 4; por períodos)
Observación: seleccione las estrategias, señale cuándo se harían, con qué periodicidad, quién o quienes serían los responsables de realizarlas y sistematizarlas; a qué tipo de estudiantes está dirigida, indicar también  qué ocurre o qué consecuencias trae para el estudiante cuando las estrategias no  producen la superación  de las debilidades  presentadas o no se presenta a ellas sin causa justificada.
 Además de todas  las Acciones de Seguimiento para el Mejoramiento de los Desempeños descritas en el Artículo 9° y de las Acciones de Seguimiento para el Mejoramiento del Desempeño señaladas en el Artículo 10° del presente Acuerdo, para apoyar las actividades de evaluación y promoción, se erige a la Comisión de Evaluación y Promoción  como una instancia estratégica de Apoyo para la Resolución de Situaciones Pedagógicas con las siguientes FUNCIONES ESPECIFICAS:
  1.    Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer estrategias, actividades y recomendaciones en los procesos de evaluación en el aula.
  2. Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar los indicadores,  logros y desempeños  de los estudiantes que tengan dificultades en su obtención.
  3. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
  4. Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de estudiantes con discapacidades notorias.
  5. Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o profesores, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendar la designación  de un segundo evaluador en casos excepcionales.
  6. Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes, definido en el presente Acuerdo.
  7. Otras que determine la institución a través del PEI.

 PARAGRAFO UNO: SEGUNDO EVALUADOR.  Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación  religiosa,  política, familiar, de  raza, venganza  u otra, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante, el Consejo Académico podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel o de otro, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.
 PARAGRAFO DOS: PENDIENTES 2009 Y ANTERIORES. Los estudiantes con Áreas/Asignaturas insuficientes o deficientes de los años anteriores a 2009, se les dará por superadas las deficiencias, con la presentación de las respectivas actividades en la semana de recuperación del primer periodo del año 2011. Su calificación será 3.0  equivalente a Desempeño Básico.

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