Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
ESTRATEGIAS PERMANENTES DE APOYO PARA LA SUPERACION DE LAS DEBILIDADES DE LOS ESTUDIANTES (artículo. 4 numeral 6, artículo 11 numeral 3 y 4, artículo 12, numeral 4; por períodos)
Observación: seleccione las estrategias, señale cuándo se harían, con qué periodicidad, quién o quienes serían los responsables de realizarlas y sistematizarlas; a qué tipo de estudiantes está dirigida, indicar también qué ocurre o qué consecuencias trae para el estudiante cuando las estrategias no producen la superación de las debilidades presentadas o no se presenta a ellas sin causa justificada.
Además de todas las Acciones de Seguimiento para el Mejoramiento de los Desempeños descritas en el Artículo 9° y de las Acciones de Seguimiento para el Mejoramiento del Desempeño señaladas en el Artículo 10° del presente Acuerdo, para apoyar las actividades de evaluación y promoción, se erige a la Comisión de Evaluación y Promoción como una instancia estratégica de Apoyo para la Resolución de Situaciones Pedagógicas con las siguientes FUNCIONES ESPECIFICAS:- Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer estrategias, actividades y recomendaciones en los procesos de evaluación en el aula.
- Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar los indicadores, logros y desempeños de los estudiantes que tengan dificultades en su obtención.
- Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
- Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de estudiantes con discapacidades notorias.
- Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o profesores, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendar la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.
- Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes, definido en el presente Acuerdo.
- Otras que determine la institución a través del PEI.
PARAGRAFO UNO: SEGUNDO EVALUADOR. Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación religiosa, política, familiar, de raza, venganza u otra, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante, el Consejo Académico podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel o de otro, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.
PARAGRAFO DOS: PENDIENTES 2009 Y ANTERIORES. Los estudiantes con Áreas/Asignaturas insuficientes o deficientes de los años anteriores a 2009, se les dará por superadas las deficiencias, con la presentación de las respectivas actividades en la semana de recuperación del primer periodo del año 2011. Su calificación será 3.0 equivalente a Desempeño Básico.
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