miércoles, 2 de marzo de 2011

Transición del 230 al 1290

PERIODO DE TRANSICIÓN DEL DECRETO 230 DE 2002 AL DTO 1290 DE 2009.
La  Promoción Anticipada dada la premura del tiempo y la necesidad de ajustarse al nuevo sistema de Evaluación Institucional propuesto desde el decreto 1290 el cual rige a partir del año 2010 y deroga el 230 y las demás disposiciones, es una propuesta considerada en casos de estudiantes  no reincidentes en la mima área o asignatura durante dos años consecutivos. Se tendrán en cuenta los resultados de las evaluaciones finales del cuarto periodo y se reunirán las Comisiones de Evaluación y Promoción para considerar y decidir acerca de cada caso que así lo amerite. No entendí a qué se refiere
21.1 DETERMINACIONES PARA LOS  ESTUDIANTES PROMOVIDOS CON  1, 2,3 AREAS O MAS, CON INSUFICIENTE O DEFICIENTE. (Según Dto. 230 de 2002)
El Consejo Académico de la Institución Educativa JOSÉ ASUNCIÓN SILVA decide que las Comisiones de Evaluación y Promoción realizarán el estudio de cada caso haciendo las sugerencias y recomendaciones así como dejando en Acta constancia de las decisiones.
Los estudiantes tendrán el año lectivo 2010 durante las programaciones de actividades de apoyo que se realizarán durante los periodos académicos, en su finalización y posteriormente en las últimas tres semanas  para superar las dificultades, las cuales serán realizadas por los docentes que sirvan las áreas y asignaturas del grado en cuestión. Igualmente, serán consideradas las homologaciones cuando aprueben el grado siguiente que serán realizadas por los docentes que sirvan el área o la asignatura del grado actual.
Observación: determinen claramente qué acciones se realizarán con estos estudiantes, bajo la orientación de quiénes, mediante qué estrategias y en qué fechas. Además definir qué se hará con aquellos estudiantes que definitivamente no superen las dificultades o debilidades en las diferentes áreas de años anteriores a la incorporación del nuevo sistema institucional de evaluación, partiendo de reconocer que han aprobado el grado.
21.2 DETERMINACIONES  PARA LOS NO PROMOVIDOS EN EL AÑO 2009: (en atención al   dto. 230 de 2002)  
Los estudiantes no promovidos en el año 2009, deberán realizar actividades de Apoyo y mejoramiento durante el primer periodo académico del año 2010. Los encargados de programar el plan de apoyo son los docentes de las áreas o asignaturas en las que se presentaron dificultades del grado no aprobado; su ejecución, le corresponde a los docentes que cumplan las mismas características ya enunciadas.
Las Comisiones de Evaluación y Promoción se reunirán para  analizar y decidir sobre sus procesos, y si es del caso recomendar la promoción durante el primer periodo lectivo; en caso de reincidir en la debilidad, deberán continuar en el mismo grado y no se permitirá su promoción.  
Observación: de la misma manera determinar claramente qué acciones se realizarán con los estudiantes no promovidos bajo el decreto 1290 de 2009 en el año 2009 específicamente. Qué estrategias se implementarán y en qué tiempos. Además definir qué se hará con aquellos estudiantes que definitivamente no superen las dificultades o debilidades que no aconsejaron la promoción.

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